viernes, 13 de mayo de 2022

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HURTO DE AGUA EN VILLA MARIA DEL TRIUNFO---------------

                                             NOTA DE PRENSA Nº 271
                   El regulador exhorta el buen uso del servicio de agua potable

SUNASS ADVIERTE SOBRE RIESGO DE CÁRCEL A PERSONAS CON
CONEXIONES CLANDESTINAS

El código penal contempla como delito y podría ser sancionada con multas costosas

Iquitos, 29 de setiembre de 2017. La Superintendencia Nacional de Servicio de
Saneamiento (SUNASS), a través de su representante, Helen Del Águila,
exhorta a la población en general a hacer un uso responsable y correcto del servicio de
agua potable y alcantarillado, y denunciar todo caso de robo que se da principalmente,
mediante conexiones clandestinas.

El robo de agua potable es un delito contra el patrimonio que está tipificado en nuestro
Código Penal, dentro de ello tenemos el hurto simple establecido en el artículo 185°que
literalmente dice: El que, para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un
bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra,
será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años. Se
equiparan a bien mueble la energía eléctrica, el gas, el agua y cualquier otra energía o
elemento que tenga valor económico. Asimismo, tenemos el delito de Hurto Agravado
artículo 186°inc. 10 que señala: “El agente será reprimido con pena privativa de libertad
no menor de cuatro ni mayor de ocho años si el hurto es cometido: (...) inc.10.- Sobre
bienes que forman parte de la infraestructura o instalaciones de transportes de uso
público, de sus equipos o elementos de seguridad, o de prestación de servicios públicos
de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones.(...)”

En ese sentido, el uso ilegal y clandestino del sistema debe ser denunciado ante la
empresa Sedaloreto ya que afecta el buen servicio que un usuario legal debe tener;
asimismo, esta mala práctica es considerada como agua no facturada y genera una gran
pérdida económica a la empresa.

Bajo este contexto, SUNASS exhorta a la población a usar responsablemente las
instalaciones de agua potable y alcantarillado y recuerda que de acuerdo al Reglamento
de Calidad de Servicios de Saneamiento, el usar un servicio clausurado por la empresa,
manipular las redes exteriores de agua potable y conectarse clandestinamente a las
redes de servicio, son considerados infracciones.

Las transgresiones al reglamento implican sanciones como: el cierre del servicio de agua
potable, y en caso de reiteración, el cierre drástico y levantamiento de las conexiones,
que inclusive pueden aplicarse multas costosas.

La empresa Sedaloreto tiene el derecho a formular las denuncias penales por hurto de
agua, quedando a facultad utilizar la vía que considere más adecuada según el caso.