Demanda de alimentos y prescripción del proceso a los quince años
¿Cuándo prescribiría un proceso por alimentos?
El Proyecto de Ley 01902 que amplía el plazo de prescripción de los juicios por alimentos de dos a quince años, ha sido aprobado por el Congreso de la República.
Este Proyecto de Ley 01902 modifica el inciso 4 del artículo 2001 del Código Civil y agrega el inciso 5 del Art. 2001 del Código Civil.
Antes de este proyecto, los procesos por alimentos, prescribían a los dos años. Esto ocasionaba que las madres que demandaban por alimentos, muchas veces debían hacerlo continúamente ya que el plazo de prescripción de los juicios por alimentos era de dos años.
Esto implicaba gastos tanto para interponer nuevamente la demanda de alimentos así como el tiempo que esto tomaba y el desamparo que venía sufriendo el hijo durante ese lapso, ya que el hijo no estaría recibiendo lo que le correspondía para su alimentación, educación, vestido, etc.
Téngase en cuenta que el 40% de la carga procesal en el Perú está representada por la demanda de alimentos, con estos cambios, se estima mejore la labor jurisdiccional. Esto cambios permitirán que los obligados no puedan fácilmente incumplir con sus obligaciones.
Los padres que no cumplen con sus obligaciones de brindar alimentos a sus hijos permanecerán en el REDAM, que es un Registro de Deudores Alimenticios que figuran en la base de datos del Poder Judicial que cuenta con la foto, datos de la persona como nombres y apellidos y cuánto debe.
Además esta información es derivada a las centrales de riesgo como la Superintendencia de Banca y Seguros lo que le impedirá que el obligado sea sujeto de crédito. Los padres que no cumplen con sus obligaciones podrán recibir penas efectivas sin que evadan a la justicia por la prescripción de los procesos, entre otros.
En consecuencia, esto permitirá que las padres no tengan que interponer nuevas demandas como era antes, cada dos años cuando el obligado se niegue a cumplir sus obligaciones. Lo que sucedía anteriormente es que muchos procesos por alimentos tenían que archivarse.
Casos reales de Demanda de Alimentos
En Madre de Dios se condenó a dos años y diez meses de prisión efectiva a un padre por no cumplir en pagar la pensión de alimentos de 600 soles para sus dos menores hijas.
Asimismo, el obligado deberá pagar la totalidad de las pensiones devengadas y una reparación civil. En este caso el obligado no concurrió a la Audiencia Pública, lo que no evitó que el Juez dicte condena y ordene su traslado al penal San Francisco de Asís de Puerto Maldonado.
En Chimbote, otro padre, pasará un año en la cárcel por no haber cumplido con la pensión de alimentos de su hija. En su caso, había sido sentenciado en el 2011 a pagar una pensión de alimentos por 250 nuevos soles, y lamentablemente no cumplió con su obligación. En el caso del padre de Chimbote, el Juez ordenó el pago de 300 soles mensuales, además del pago de 9 mil 435 nuevos soles por deuda acumulada por alimentos.
Esto se debe a que el padre no cumplió con su obligación de dar alimentos a su hija desde su nacimiento, es decir, desde el 2009. Actualmente se encuentra en el Centro Penitenciario de Cambio Puente de la ciudad de Chimbote.
Somos un estudio jurídico con cuarenta años de experiencia resolviendo casos de Derecho de Familia.
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Wendy Dávila, abogada peruana y española
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