martes, 2 de enero de 2024
¿PUEDO RETIRAR MI CTS?----------------------CITAS PARA CONSULTAS----S/.50 SOLES ---------CEL 917027195-------------------
MI CTS-----¿LO PUEDO RETIRAR’?
CABE SEÑALAR QUE LA CTS SE ENTREGA 2 VECES AL AÑO. DE ACUERDO AL DECRETO LEGISLATIVO Nº 650 DE 1991, EL PRIMERO SE TIENE QUE HACER EFECTIVO HASTA EL LUNES 15 DE MAYO, MIENTRAS QUE EL SEGUNDO TIENE COMO PLAZO MÁXIMO HASTA LA QUINCENA DE NOVIEMBRE.
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¿Y SI MI EMPRESA NO ME DEPOSITO--QUE HAGO?
SIN EMBARGO, OCURREN OCASIONES EN QUE LAS EMPRESAS, POR DIVERSOS MOTIVOS, INCUMPLEN CON LO SEÑALADO EN LA LEY Y PERJUDICAN A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO QUE FIGURAN EN LA PLANILLA MENSUAL DE PAGOS (PLAME) Y A AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN SUJETOS AL DECRETO LEGISLATIVO Nº 728 Y LA LEY DEL SERVICIO CIVIL.
EN EL CASO DE QUE OCURRA ESTE ESCENARIO, LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL (SUNAFIL) ESTÁ EN LA FACULTAD DE MULTAR A LOS EMPLEADORES INFRACTORES QUE NO REALICEN EL RESPECTIVO DEPÓSITO DE LA CTS EN EL PLAZO MÁXIMO DEL MES, QUE EN ESTE CASO ES HASTA EL MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE.
AQUI COBRAMOS 500 SOLES POR EL TRAMITE---OJO
¿Y SI NO ME HAN DEPOSITADO MI CTS QUE HAGO?
LA ENTIDAD PÚBLICA, ADSCRITA AL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (MTPE), PODRÁ SANCIONAR ECONÓMICAMENTE A CADA EMPRESA QUE INCUMPLA CON EL PAGO DE ESTE BENEFICIO SOCIAL PREVENTIVO, CON UN MONTO ASCENDENTE A LOS MÁS DE 120,000 SOLES.
¿HASTA CUÁNDO PUEDO RETIRAR LA CTS QUE ME PAGARÁN EN NOVIEMBRE DEL 2023?
LOS TRABAJADORES TIENEN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2023 PARA RETIRAR EL 100% DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) QUE RECIBIRÁN EN NOVIEMBRE, SEGÚN UNA LEY EMITIDA EN MAYO DE 2022. DESPUÉS DE ESTE PLAZO, VOLVERÁ A ESTABLECERSE UN LÍMITE, PERMITIENDO A LOS EMPLEADOS RETIRAR SOLO EL EXCEDENTE DE CUATRO SUELDOS MIENTRAS MANTENGAN SU VÍNCULO LABORAL.
¿CUÁNDO DEPOSITAN LA CTS DE NOVIEMBRE 2023?
LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO (CTS) ES DEPOSITADO A LOS TRABAJADORES FORMALES DOS VECES EN EL AÑO:
· DENTRO DE LOS PRIMEROS 15 DÍAS DE MAYO (COMO MÁXIMO 15 DE MAYO)
· DENTRO DE LOS PRIMEROS 15 DÍAS DE NOVIEMBRE (COMO MÁXIMO 15 DE NOVIEMBRE)
· ¿CÓMO CALCULAR MI CTS?
· DE ACUERDO CON LA CÁMARA DE COMERCIO DE LIMA (CCL), EL MONTO DEL CTS VARÍA SEGÚN EL TIPO DE EMPRESA Y EL TIEMPO LABORADO EN EL PERÍODO SEMESTRAL.
· MEDIANA Y GRAN EMPRESA
· LA CTS DE SUS TRABAJADORES DEBE SER EL 50% DEL SUELDO MENSUAL MÁS 1/6 DE LA GRATIFICACIÓN------------------
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-PERU--AUTORIZA LOCAL AV VILLA MARIA 483--CENTRO DE CONCILIACION HANS KENSEL-------------DIRECTOR...
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MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO SE EMITA SENTENCIA Exp. Nº (…) Esp. Abg. (…) Escrito Nº (…) SOLICITA SE EMITA SENTENCIA ...